Citando el artículo 51 de la Constitución Política establece que todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.
Para realizar este proyecto identificamos las características principales de la situación del derecho a la vivienda de las familias residentes en el Municipio Área Metropolitana de Bucaramanga, en concordancia con la Constitución Nacional. En el Municipio se ha identificado una alta demanda de soluciones habitacionales de acuerdo a las siguientes apreciaciones:
-El conflicto social y armado en el Departamento de Santander y la Zona del Magdalena Medio incluyendo el Sur de Bolivar, ha provocado el desplazamiento de alrededor de 55.000 personas, de las cuales aproximadamente 32.000 se han ubicado en la ciudad de Bucaramanga.
-Se observa que en el sector formal de la construcción de vivienda no existe oferta de soluciones habitacionales para la población que se encuentra en estrato uno primordialmente; familias que actualmente habitan en albergues temporales, invasiones o inquilinatos.
-Mejoramiento de vivienda: mensualmente en el banco de datos del Invisbu se registran en promedio 215 solicitudes para programas de mejoramiento de vivienda en las distintas comunas y corregimientos del Municipio; situación que se ha visto ratificada en los tres cabildos comunales efectuados en las comunas 1, 2 y 14; en donde la dirigencia local ha solicitado al Sr. Alcalde de la ciudad proyectos de este tipo.
-Crecimiento de asentamientos subnormales o mal llamados invasiones en las zonas periféricas de la ciudad y principalmente en los sectores de Colorados, Vijagual, sector de Chimitá, Provenza, Morrorico, vía a Matanza y sectores perimetrales de la comuna 17; esta situación se ve acrecentada por las urbanizaciones piratas que inician proyectos de vivienda en zonas de amenaza alta y sin el cumplimiento de requisitos mínimos tanto urbanísticos como ambientales y en general en situación de ilegalidad.
-Existen asentamientos intervenidos que no poseen título de propiedad y la mayoría se regula por las llamadas promesas de compraventa que no han sido elevadas a escritura pública y debidamente registradas por sus tenedores o poseedores y la mayoría de los cuales lo hace de buena fe, en esta situación se encuentran viviendas del sector del Café Madrid, María Paz, Villa Mercedes y el Cristal.
-Reubicación de antiguos beneficiarios del Inscredial y el Inurbe; en la actualidad está pendiente de reubicar conjuntamente entre Inurbe, en liquidación, Alcaldía de Bucaramanga e Invisbu alrededor de 512 familias por acciones populares del año 2002. (Extractado Textualmente del Plan de Desarrollo Municipal “BUCARAMANGA EMPRESA DE TODOS”).
-Siendo así las cosas este proyecto contribuirá a que las familias antes referidas, tengan la posibilidad de tener su vivienda propia y puedan ofrecerle una estabilidad en cuanto al cobijo a su núcleo familiar, que por lo general oscila entre siete y diez integrantes por familia. De la misma forma se realizara un rescate social y arquitectónico de la zona en proyección, con una renovación urbana que responda al mejoramiento de la calidad de vida de sus moradores y de la población bumanguesa en general, que actualmente es presa de la violencia, drogas, inseguridad y otros factores sociales negativos, producto de esta situación.
-Además de ello, el material de construcción planteado para la construcción de las viviendas (Tapia Pisada), hace que los costos disminuyan y se puedan realizar viviendas que contengan espacios confortables que reúnan condiciones de habitabilidad y cuenten con unos equipamientos mínimos adecuados, interiores (instalaciones eléctricas, hidráulicas y Sanitarias), urbanísticos (abastecimiento de agua potable, conexión a las redes de alcantarillado, alumbrado público) y comunitarios (espacios libres, zonas verdes, senderos, juegos infantiles entre otros), que permitan una vida digna a los beneficiarios y futuros moradores de la Urbanización.
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